SITGES, según Catastro, a 1.1.2015, por tamaño y fecha.

tabla SITGES edad+tamaño edificacion

tabla SITGES 2.121996e-314dad+tamaño edificacion.jpg

Estos gráficos representan el Parque Residencial del municipio de SITGES, Barcelona.

Son los Bienes Inmuebles matriculados en el Catastro, clasificados por año de inscripción y por tamaño.

Cada barra horizontal representa una década, siendo la más reciente la inferior (2010′), y la más antigua la superior (<1900).

Cada color es un tamaño, del más cálido (<60 m2) al más frío (>180 m2).

La barra inferior (DELVI) representa el cálculo hecho desde Otropunto para la obtención de la Demanda Latente de Vivienda (la demanda latente: la configuran personas que no tienen vivienda y que por su perfil sociológico (edad) y socioeconómico (no están en desempleo) son potenciales compradores). Es una estimación del número máximo de viviendas que constituyen la demanda encubierta de una zona y que se basa en las personas con el perfil de los actuales compradores pero que todavía no han constituido un hogar.

SITGES DELVISITGES PIRAMIDEtabla SITGES.jpgsitges-catastro-2014-2016SITGES INESITGES ALQUILER

Son datos fríos, sin cocinar.

Información para la toma de decisiones.

Información para el conocimiento.


Sitges Ge2Sitges es un municipio de la provincia de Barcelona en la comarca del Garraf. La localidad está situada en la costa mediterránea a 38 km al sur de la capital provincial, Barcelona. Con su alargada forma de 16,5 km de fachada al mar, limita al norte con los municipios de Olivella y Begues, al oeste con el de San Pedro de Ribas, al este con los de Gavá y Casteldefels y al sur con el mar Mediterráneo, y está limitada por el macizo del Garraf, de hecho, dos tercios de su territorio pertenecen al Parque Natural del Garraf y prácticamente el total del frente litoral de este Parque pertenece al término municipal de Sitges.

Tiene una gran infraestructura turística, con equipamientos y tres puertos deportivos, (Puerto de Ginesta, Garraf y Aiguadolç) es la villa con más puertos deportivos de España siendo Port Ginesta el puerto deportivo más grande de Europa. Además del turismo la población centraba su comercio en la pesca y posteriormente la fabricación de calzado, actividades económicas que han desaparecido (exceptuando pequeños talleres).

Si bien la población del municipio se ha multiplicado por seis en los últimos cien años, el incremento más espectacular de residentes se produjo en el último decenio del siglo XX, a raíz de una reorientación del parque de residencias, de la uso turístico y de residencia secundaria hacia un uso de primera residencia.

I.04.Les.jpgEl balneario es considerado como uno de los destinos turísticos más concurridos por la comunidad gay en la península ibérica, desarrollándose en las últimas décadas una amplia variedad de lugares para el turismo homosexual. En 2006 fue inaugurada la Escultura al colectivo homosexual, convirtiéndose en el primer monumento conmemorativo de la comunidad LGBT en España. Sitges está considerado desde febrero de 2008 como el municipio más caro de España. Según datos del 5 de marzo de ese año, el precio medio por metro cuadrado fue de 5.467€, y al día de hoy supera los 11.250€ por metro cuadrado. Esto ha dificultado el acceso a la vivienda para la población joven de Sitges, gran parte de la cual ha debido emigrar a otros municipios y comarcas. La mejor playa urbana de Europa está en Sitges, según el New York Times en un artículo dedicado a los viajes por Europa, publicado en el New York Times Style Magazine de finales de agosto y titulado Smitten with Sitges, algo así como enamorado de Sitges. Alexander Lobrano, compara a nuestra población con Saint Tropez, Ibiza, Capri y la isla de Hvar en Croacia. Al final se queda con la playa de San Sebastián en Sitges como la mejor de Europa. Sitges ha sido denominado el Saint Tropez de España, por su belleza y también por ser el tercer municipio con los precios de inmuebles más caros de Europa. En Sitges se fundó y se encuentra la primera discoteca Pachá del mundo.

Sitges es un municipio pequeño con un gran número de barrios dotados de identidad con procesos de crecimiento urbano escalonados en el tiempo y con colectividades de vecinos que han tenido una gran capacidad de asociación para llevar adelante actividades de socialización. El mapa de barrios y sectores administrativos es el siguiente Aiguadolç, La Bòvila-Madriguera-Baix Fondat, Les Botigues, Can Girona, Casc Antic-Centre, Cases Noves, Cases del Sord-La Plana-Can Pei, La Llevantina, La Marina d’Aiguadolç, Els Molins, Montgavina, Plans d’Aiguadolç, Port d’Aiguadolç, Platja Sant Sebastià, Poble de Garraf, Poble Sec-Pins Vens, Quint-Mar, Santa Bàrbara, Sant Crispí, Terramar, Oasis-Sínia Morera, Vallpineda, i Vinyet.

Las playas que actualmente disponen de servicios de temporada son las siguientes: de poniente (Platja de la Desenrocada y Platja de l’Home Mort), urbanas (Platja de les Anquines, Platja de Terramar, Platja de la Barra, Platja de la Riera Xica, Platja de l’Estanyol, Platja de la Bassa Rodona, Platja de la Ribera, Platja de la Fragata, Platja de Sant Sebastià, Platja dels Balmins y Platja d’Aiguadolç) y de levante (Platja de Cala Morisca, Platja de Garraf, Platja de Cala Ginesta y Platja de les Botigues).

Plan de actuaciones de Gestión Integrada de las zonas costeras del Garraf aprobado inicialmente por el Consejo Rector del Consorcio, en sesión extraordinaria del día 8 de noviembre de 2007, define 8 líneas principales de acción, cada una de las cuales incluye diversas actuaciones: 1. Recuperación y restauración de los espacios naturales, 2. Mejora de la conectividad ecológica entre los sistemas naturales, 3. Ordenación y regulación del uso público. Mejora de la accesibilidad, 4. Disminución del riesgo de incendio forestal, 5. Creación de un Sistema de Información Geográfica del Consorcio, 6. Protección y mejora del ecosistema marino del Garraf, 7. Combatir la erosión costera y los efectos del Cambio climático y 8. Reducción de las emisiones de dióxido de carbono. El objetivo del Plan de Acciones de las zonas costeras del Garraf es establecer  una planificación territorial del ámbito de Cuellos y Miralpeix que permita la preservación los valores naturales del espacio y el uso social respectuóso con el medio, así como, en mayor escala, la recuperación de otros espacios de interés natural del litoral del Garraf. Estos objetivos se pretenden alcanzar a través de un análisis previo del reconocimiento del territorio donde se analice el estado de los principales vectores ambientales  y se identifiquen los impactos existentes para poder elaborar un diagnóstico ambiental de la zona. A partir de aquí, el Plan establece unos objetivos y criterios principales de ordenación territorial para recuperar los espacios degradados, regular y ordenar los usos públicos, mejorar la conectividad y el riesgo de incendios forestales.

En 1989 el Ayuntamiento de Sitges aprobó el Plan General de Ordenación Municipal (PGOM). En 1997, una sentencia del Tribunal Supremo hizo necesaria la revisión del PGOM, dando lugar a la aprobación en 1998 de las Normas Subsidiarias redactadas por el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (DPTOP). El 9 de mayo de 2003, el Colegio Oficial de Arquitectos de Catal…uña (COAC) presentó una auditoría urbanística del municipio de Sitges encargada por el propio Ayuntamiento. La auditoría apuntaba que un 40% de los expedientes estudiados de licencias de obra mayor, escogidos al azar, contenían deficiencias importantes, mientras que un 50% de los casos examinados incumplían o vulneraban el Plan especial de protección de Sitges. La auditoría también reveló que la gestión de iniciativas urbanísticas públicas por parte del gobierno municipal tripartito liderado por el alcalde Pere Junyent, de Convergencia y Unión (CIU), había sido prácticamente inexistente. El 26 de agosto de 2004, el nuevo gobierno municipal del Ayuntamiento de Sitges, encabezado por el alcalde Jordi Baijet del Partido de los Socialistas de Cataluña (PSC) que gobernaba con el apoyo de Entesa por Sitges, Acción por Sitges, Izquierda Republicana de Cataluña y Unión Democrática de Cataluña, anunció que aprobaría a finales del otoño de 2004 el nuevo Plan de ordenación urbanística municipal (POUM) del municipio. Este nuevo POUM sustituiría las Normas subsidiarias redactadas en 1998 y vigentes durante el período en que la auditoría urbanística del COAC detectó las irregularidades urbanísticas.

El pleno municipal extraordinario de 25 de noviembre de 2004 aprobó inicialmente el nuevo POUM de Sitges, por unanimidad de los presentes. Tanto los concejales del equipo de gobierno, como los miembros de la formación independiente Nuevo Horizonte (NH) y el Partido Popular (PP), votaron a favor de la aprobación del nuevo POUM. El proceso de elaboración del POUM estuvo dirigido por el arquitecto Estanislau Roca y revisado por una comisión de seguimiento formada por representantes de todas las formaciones políticas -al gobierno y en la oposición- y por representantes cívicos. Esta comisión celebró más de cuarenta reuniones desde el mes de septiembre de 2003 y se reunió, entre otros, con la Plataforma contra la Masificación, los consejos vecinales, el Gremio de Hostelería, el Gremio de Constructores del Garraf, la Asociación de Empresarios del Garraf y el Consejo Sectorial de Urbanismo. Según el equipo redactor, el documento aprobado defendía un modelo residencial, con densidad media o baja, y siguió criterios ambientales y de sostenibilidad. En este sentido, se incluía en la documentación un informe ambiental que, según el Ayuntamiento, velaba para que la distribución del territorio y las zonas destinadas a espacios libres ajustaran a criterios de funcionalidad. El documento preveía la protección de los Colls-Miralpeix, de la Riera de Ribes y los terrenos rurales y agrícolas y proponía proteger una zona cerca del Parque Natural del Garraf que permitiera la creación de corredores naturales y de nuevos puntos de conexión con otros sectores de la población.

A pesar de la aprobación inicial por unanimidad del POUM, los consejos de participación ciudadana de la ciudad, creados a raíz de la elaboración de la Agenda 21 del municipio, mostraron su rechazo enérgico. En concreto, los técnicos especialistas agrupados en el Consejo Sectorial de Urbanismo y un sector importante de la ciudadanía, representada por el Consejo Vecinal Municipal de Sitges, mostraron su desaprobación total porque según ellos se trataba de un plan continuista y porque 1) el POUM no suponía ningún avance significativo a corto plazo en cuanto a infraestructuras, 2) planteaba un modelo de ciudad dispersa de baja densidad y 3) no había considerado suficientemente la matriz territorial. Por otra parte, Francisco Ruscalleda, como representante de los dos consejos, acusó al Ayuntamiento de centralizar la participación ciudadana en la Comisión de Seguimiento del Plan -según Ruscalleda, formada mayoritariamente por políticos- y de no aprovechar la representatividad y la especialización de los consejos de participación ciudadana. A final de año, se puso en marcha la Oficina de Atención al Público donde se podía encontrar la información más relevante sobre la aprobación inicial del POUM

El planeamiento vigente en el municipio de Sitges se rige por el texto refundido del Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Sitges-2006, aprobado definitivamente el 30 de marzo de 2006. Esta revisión del POUM incluye las medidas referentes al Plan Director Urbanístico del Sistema de Costa (PDUSC ) que afecta directamente al ámbito de Colls y Miralpeix. El PDUSC determina que el ámbito de Colls y Miralpeix queda incluido como suelo no urbanizable costero 1 (UTR-C 15 Colls). No obstante, el planeamiento de Sitges, en su adaptación del PDUSC, clasifica el ámbito de Colls y Miralpeix mayoritariamente como suelo no urbanizable costero 1, aunque también aparecen las figuras de suelo no urbanizable costero 2 y 3.

Uno de los puntos críticos de esta zona se localiza en la discoteca Atlántida, ubicada a pocos metros de la línea del mar, en suelo no urbanizable costero 1 y al mismo tiempo dentro de la zona dominio público marítimo-terrestre. Esta actividad no estaría permitida según el régimen de uso establecido tanto por PDUSC como por  POUM de Sitges, ni por la Ley de Costas. no obstante, tanto el PDUSC como el POUM de Sitges contemplan determinaciones concretas por  usos existentes con anterioridad a la aprobación, no compatibles con las nuevas ordenaciones. Según el POUM de Sitges (Disposición Transitoria Tercera)  esta actividad se encontraría con una situación de fuera de ordenación en caso de que no dispusiera de las licencias de actividades pertinentes.

I.10.Les.jpgPor otra parte, hay que considerar la ocupación del campo de Golf respecto al arroyo de Ribes. El campo de golf (Terramar) invade una parte del lecho y márgenes del arroyo de Ribes incluidos por el POUM de Sitges (noviembre de 2005) en un plan especial de protección que tiene como objetivos el establecmiento de criterios de protección y restauración medioambiental y paisajístico en el valle del arroyo de Ribes. El POUM también establece «…que no podrá realizarse ninguna construcción ó, instalación ni cierre a una distancia inferior a 10 m de los valles de arroyo, sin perjuicio de lo que disponga la legislación sectorial… «. Esta ocupación se traduce en la extensión del green hasta el cauce, la colocación de hitos y la existencia de un vado que une los dos sectores del campo de golf separados por el arroyo. Este uso del dominio público dificulta el acceso de otros usuarios a la zona de la desembocadura siguiendo el margen derecho del arroyo.

I.06.Els.jpgEn el documento Proposiciones para el planeamiento territorial del Garraf, se dice «…el Garraf tiene 4.597,6 ha (suelo urbano más suelo urbanizable calificado) y 630 ha de infraestructuras. La mancha urbanizada, por tanto, es de 5.230 ha (28,41% de la su extensión). El potencial del suelo urbanizable de los 6 municipios es de 290,22 ha (para nuevas actividades) y 1.705,48 ha (para suelo residencial). Este nuevo suelo residencial tiene capacidad para 30.988 viviendas. Si multiplicamos esta cifra por 2,4 personas/vivienda, da un potencial de 74.371 personas. El potencial del suelo urbano (consolidado y no consolidado) en Vilanova/Sitges/San Pere de Ribes, incluidas las Unidades de Actuación y los Planes Especiales de Mejora Urbana, ofrece un potencial de 7.500 viviendas, que multiplicado por 2,4 personas/viviendas da un potencial de 18.000 personas. En este Parque de Viviendas todavía hay que añadir aquellas segundas residencias que pasarán a primera. Esta transformación puede afectar al 50% de las viviendas, lo que supondrá poner en el mercado viviendas suficientes para 8.084 habitantes. Esto significa un total de 19.400 nuevas viviendas.

II.4.bis.DetallEn el caso del Garraf y concretamente de Sitges, la importancian de de las infraestructuras en el proceso de integración funcinal al conjunto de la metrópolis barcelonesa se puede considerar paradigmática, un ejemplo, el 7% de la población en 1986 trabajaba en Barcelona, en 1996 eran un 20%.

Pero paradigmático es también que los comerciantes e Sitges digan no a cambios en el POUM que faciliten un centro comercial, frente «…a los que vivimos directa o indirectamente del comercio hacemos una apuesta por el comercio tradicional, y por el crecimiento lógico y sostenido de la ciudad… (2013)«.

Hoy Sitges tiene 28.269 habitantes, cifra que continua ascendiendo año a año, con un parque residencial de 17.488 viviendas (2.104 son unifamiliares, el 12,03%), y declara 3.137 viviendas (17,94%) en regimen de alquiler (su principal industria es el turismo). Su parque se ha ido construyendo desde los 70′(400 viv/año), los 80′ y 90′ (300 viv/año) y en 2000-2009 (350 viv/año).

Y, se soterrarán las vías del tren a su paso por Sitges?, años ya con la pregunta¡…


Cada mercado es local.

Cada municipio tiene su singularidad.

Cada municipio se retrata en su parque residencial.


…seguiremos analizando en próximas entregas los 250 municipios mayores de España.